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ITC-BT-52 (instalaciones de recarga)
Instrucción técnica complementaria del REBT, aprobada por el Real Decreto 1053/2014, que regula las instalaciones de recarga de vehículos eléctricos: esquemas de conexión, protecciones, circuito exclusivo y previsión de cargas.
Qué regula la ITC-BT-52
Se aprobó con el Real Decreto 1053/2014, está en vigor desde el 30 de junio de 2015 y se modificó por última vez con el Real Decreto 450/2022. Se aplica a cualquier instalación de recarga, individual o colectiva, pública o privada. Excluye la recarga por inducción.
Los cuatro esquemas
- Esquema 1: instalación colectiva o troncal con un contador principal y derivaciones a cada plaza.
- Esquema 2: individual, con la línea desde el contador de la vivienda. El más habitual en garajes comunitarios.
- Esquema 3: individual, con contador propio para la plaza.
- Esquema 4: circuito exclusivo desde el cuadro de la vivienda (4a) o del aparcamiento (4b). Obligatorio en vivienda unifamiliar nueva, con el circuito C13.
Protecciones obligatorias
- Un diferencial de 30 mA por punto de recarga, de clase A como mínimo. La guía técnica recomienda cubrir las fugas de continua con un tipo B o con un tipo A más un detector de 6 mA (RDC-DD).
- Magnetotérmico de curva C, omnipolar.
- Protección contra sobretensiones transitorias y temporales.
- Esquema de neutro TN-S y conductor de protección.
- Circuito exclusivo para la recarga.
Cables y caída de tensión
Sección mínima de 2,5 mm² y caída de tensión máxima del 5 % hasta el punto de recarga. En la práctica, la sección se elige por longitud.
Previsión de cargas y documentación
En instalaciones colectivas con gestor de cargas se aplica un factor de simultaneidad de 0,3. Toda instalación necesita certificado (CIE) y memoria técnica; por encima de 50 kW exige proyecto e inspección inicial por OCA.
Lo que exige en casa y en comunidad
En una casa, una línea exclusiva con sus protecciones. En un garaje comunitario, además, elegir el esquema y comunicarlo a la comunidad. Lo hace una empresa instaladora habilitada. Ver vivienda unifamiliar y garaje comunitario.
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