Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio poner puntos de recarga en una empresa?

Sí, en muchos casos. Los edificios no residenciales existentes con más de 20 plazas de aparcamiento debían tener una estación de recarga por cada 40 plazas desde el 1 de enero de 2023. En edificios nuevos de oficinas, comercio, hoteles o industria con más de 10 plazas, se exige además canalización en el 20 % de las plazas.

Es obligatorio poner puntos de recarga en una empresa: los casos

Que sea obligatorio poner puntos de recarga en una empresa depende de si el edificio es existente o nuevo y de cuántas plazas tiene su aparcamiento. Las obligaciones vienen del Real Decreto-ley 29/2021, de la Ley 7/2021 de cambio climático y de la sección HE 6 del Código Técnico de la Edificación.

CasoExigencia
Edificio existente no residencial con más de 20 plazasUna estación por cada 40 plazas o fracción, antes del 1 de enero de 2023
Edificio nuevo no residencial con más de 10 plazas (licencia desde el 16 de diciembre de 2022)Canalización en el 20 % de las plazas y una estación por cada 40
Aparcamiento nuevo no adscrito a un edificioAl menos una estación por cada 40 plazas
Edificio de la Administración General del EstadoUna estación por cada 20 plazas

A quién afecta en la práctica

Oficinas, centros comerciales, hoteles, concesionarios, naves con aparcamiento para empleados o clientes y parkings. En Sevilla, los casos típicos son las naves de polígonos como PISA, La Isla, Calonge o el PCT Cartuja, y los hoteles y comercios con aparcamiento propio.

Qué pasa si no se cumple

Las fuentes técnicas señalan que no hay un régimen sancionador específico para la obligación de 2023, pero sí responsabilidad ante una inspección y en las licencias de actividad. Además, cada vez más clientes, huéspedes y empleados llegan en coche eléctrico.

Cómo se suele resolver

  • Cargadores de 7,4 a 22 kW en corriente alterna, con tomas tipo 2.
  • Gestión de usuarios con tarjetas RFID o app, y protocolo OCPP para controlar consumos y, si se quiere, cobrar la carga.
  • Reparto dinámico de potencia para no tener que ampliar el suministro.
  • Proyecto técnico cuando la potencia total de recarga supera los 50 kW, con inspección inicial por un organismo de control.
  • Fotovoltaica en cubierta para cargar en horario laboral con energía propia.

Cuándo llamar a un electricista

Si tu edificio supera las 20 plazas y aún no tiene cargadores, o si estás tramitando una licencia. En Sevilla lo hacemos en puntos de recarga para empresas y flotas, en hoteles y comercios y en polígonos industriales y naves.

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