Puntos de recarga

Ayudas y deducción del IRPF por punto de recarga en Andalucía en 2026

Las ayudas para tu punto de recarga en Andalucía se reducen en 2026 a una: la deducción del 15 % en el IRPF, hasta 600 euros, para instalaciones terminadas antes del 31 de diciembre de 2026. El MOVES III cerró en 2025 y el Programa Auto+ no cubre cargadores. Te explicamos cómo aprovecharla.

Factura de instalación de un cargador junto a un formulario de la declaración de la renta

Ayudas para el punto de recarga en Andalucía: la foto a 24 de octubre de 2026

Muchas webs siguen anunciando el MOVES III como si estuviera abierto. No lo está. Esta es la situación real de las ayudas para tu punto de recarga en Andalucía a 24 de octubre de 2026:

AyudaEstado¿Cubre el cargador?
Deducción del 15 % en el IRPFVigente hasta el 31/12/2026 (RDL 7/2026)Sí, hasta 600 euros
MOVES IIICerrado a solicitudes el 31/12/2025Ya no se puede pedir
Programa Auto+ (RD 609/2026)Abierto para vehículosNo, solo subvenciona coches
Convocatoria autonómica de Andalucía 2026Sin convocatoria abierta para particularesNo
Ayuntamiento de SevillaSin ayuda directa localizadaNo

La deducción del 15 % en el IRPF por el cargador

Es la única ayuda viva para un particular en 2026. Así funciona, según la disposición adicional 58.ª de la Ley del IRPF:

  • Cuánto: el 15 % de lo pagado por la instalación (equipo, materiales, mano de obra, obras necesarias y certificado), con una base máxima de 4.000 euros al año. El ahorro máximo es de 600 euros.
  • Qué periodo: cantidades pagadas desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Cuándo se aplica: en la declaración del año en que termina la instalación. Un cargador acabado en 2026 se deduce en la renta de 2026, que presentas en 2027.
  • Dónde: en un inmueble de tu propiedad (vivienda habitual, segunda residencia o plaza de garaje) que no esté afecto a una actividad económica.
  • Cómo pagar: por transferencia, tarjeta, cheque nominativo o ingreso en cuenta. En efectivo, no.
  • Quién instala: una empresa instaladora habilitada, cuyo NIF tendrás que indicar en Renta Web junto al coste y la fecha de fin.
  • Si hay subvención: se resta del coste antes de aplicar el 15 %.

Ejemplo: si tu cargador en vivienda unifamiliar te cuesta 1.200 euros, te deduces 180 euros. Si el cargador en tu garaje comunitario sale por 1.800 euros, te deduces 270.

Cómo se salvó la deducción en 2026

La historia explica por qué hay tanta confusión. El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, prorrogaba la deducción para 2026, pero el Congreso no lo convalidó en enero. El Real Decreto-ley 2/2026 lo intentó de nuevo y tampoco se convalidó, y quedó derogado con su publicación en el BOE el 28 de febrero de 2026. Finalmente, el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, publicado en el BOE el 21 de marzo, en vigor el 22 y convalidado el 26 de marzo de 2026, la prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026. Lo contamos con detalle en el artículo sobre la deducción del 15 % en el IRPF por punto de recarga en 2026.

Qué pasó con el MOVES III

El MOVES III subvencionaba el 70 % del coste del punto de recarga a particulares y comunidades (80 % en municipios de menos de 5.000 habitantes). En Andalucía, la convocatoria estuvo abierta del 15 de julio al 31 de diciembre de 2025. En febrero de 2026, la Agencia Andaluza de la Energía amplió el crédito hasta 94,02 millones de euros, con 19,83 millones para infraestructura de recarga, pero solo para atender a quienes estaban en la lista de reserva. No hay plazo nuevo. Quienes tengan una ayuda concedida deben justificarla como máximo el 31 de diciembre de 2026.

El Programa Auto+ no paga tu wallbox

El sustituto del MOVES III en 2026, el Programa Auto+ (Real Decreto 609/2026), ayuda a comprar el coche, no a instalar el cargador. La recarga se ha separado a otro programa, MOVES Corredores, pensado para carreteras y grandes potencias. Si compras un eléctrico con Auto+, el cargador de casa lo pagas tú y te deduces el 15 %.

Otras vías de ahorro

  • Certificados de ahorro energético (CAE): algunos instaladores y comercializadoras pagan entre 150 y 400 euros por cargador instalado a cambio de ceder el ahorro energético acreditado. Pregúntanos si en tu caso es aplicable.
  • Placas solares: si instalas el cargador con fotovoltaica, la vivienda mantiene también las deducciones por mejora de eficiencia energética prorrogadas por el mismo real decreto-ley. Lo vemos en carga solar.
  • Comunidades: la preinstalación comunitaria ya no tiene subvención, pero cada vecino que conecte su cargador sí puede aplicarse su deducción.

Lo que te entregamos

Con cada instalación te damos la factura desglosada a tu nombre con nuestro NIF, el certificado de instalación eléctrica registrado en la Junta de Andalucía y una nota con los datos que pide Renta Web. Te recomendamos pagar por transferencia y guardar todo durante cuatro años, el plazo en que Hacienda puede comprobar la deducción.

Si quieres aprovechar la deducción, lo importante es la fecha: la instalación debe estar terminada antes del 31 de diciembre de 2026, y en un garaje comunitario hay que contar con la comunicación previa a la comunidad. Sigue las novedades en nuestra categoría de normativa y ayudas y consulta todas las opciones en puntos de recarga.

Preguntas frecuentes

¿Hay ayudas para instalar un punto de recarga en 2026?

Para un particular, solo la deducción del 15 % en el IRPF. El MOVES III cerró solicitudes el 31 de diciembre de 2025, el Programa Auto+ subvenciona vehículos y no cargadores, y a 24 de octubre de 2026 no hay convocatoria autonómica abierta para puntos de recarga de particulares en Andalucía.

¿Cuánto me puedo deducir por el cargador?

El 15 % de lo que pagues por la instalación, con una base máxima de 4.000 euros al año. La deducción máxima es, por tanto, de 600 euros. Si una instalación te cuesta 1.500 euros, te deduces 225 euros en la declaración de la renta.

¿Hasta cuándo está vigente la deducción?

Hasta el 31 de diciembre de 2026, por el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, convalidado por el Congreso el 26 de marzo. La instalación tiene que estar terminada antes de esa fecha, porque la deducción se aplica en el año en que acaba la obra.

¿Puedo deducirme el cargador de mi plaza de garaje?

Sí, siempre que la plaza sea de tu propiedad y no la uses para una actividad económica. Vale también para la vivienda habitual o una segunda residencia. Si la plaza es alquilada, el inquilino no puede aplicarse la deducción porque el inmueble no es suyo.

¿Qué pasa si pagué en 2025 y terminan la instalación en 2026?

Te la deduces en la declaración de la renta de 2026, la que se presenta en 2027, porque manda la fecha de fin de la instalación. Por eso conviene no dejar el cargador para diciembre: si la obra se retrasa al año siguiente, ahora mismo no hay deducción prevista para 2027.

¿Qué documentos necesito para la deducción?

La factura desglosada a tu nombre, el certificado de instalación eléctrica registrado y el justificante del pago por transferencia, tarjeta o cheque nominativo, nunca en efectivo. En Renta Web indicas el coste, la fecha de fin y el NIF de la empresa instaladora. Guárdalo todo cuatro años.

¿Y si yo pedí el MOVES III en 2025?

En Andalucía, la Agencia Andaluza de la Energía amplió en febrero de 2026 el crédito para atender la lista de reserva, sin abrir un plazo nuevo. Si cobras la subvención, tributa como ganancia patrimonial y se resta del coste antes de calcular el 15 % de la deducción.

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