· Equipo de Pulso Eléctrico · Normativa y ayudas · 6 min de lectura
Deducción del IRPF por el cargador en 2027: qué pasa tras el 31 de diciembre y cómo no perderla
La deducción del IRPF por el cargador en 2027 depende de una sola fecha: hoy solo está aprobada para instalaciones terminadas hasta el 31 de diciembre de 2026. Te explicamos qué cuenta (el fin de la obra, no el pago), cómo se declara en la Renta que harás en 2027 y qué te queda si no hay prórroga.

La deducción del IRPF por el cargador en 2027, en dos frases
Si estás pensando en la deducción del IRPF por el cargador en 2027, lo primero es separar dos cosas. Por un lado, la deducción que declararás en 2027: la del 15 % por las instalaciones terminadas durante 2026, que se incluye en la Renta 2026. Por otro, la deducción por las instalaciones que se terminen en 2027, que a fecha de este artículo no está aprobada: la norma vigente la limita a las cantidades pagadas hasta el 31 de diciembre de 2026.
Dicho de otro modo: si quieres el ahorro de hasta 600 euros con seguridad, tu cargador tiene que estar instalado, con su boletín, antes de que acabe 2026.
Lo que está aprobado hoy
La deducción la prorrogó el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, publicado en el BOE del 21 de marzo, en vigor desde el día 22 y convalidado por el Congreso el 26 de marzo de 2026. Sus condiciones, recogidas en la disposición adicional 58.ª de la Ley del IRPF, son estas:
| Condición | Qué dice la norma |
|---|---|
| Porcentaje | 15 % de lo pagado por la instalación |
| Qué entra | Equipo, materiales, mano de obra, obras necesarias y boletín |
| Base máxima | 4.000 euros al año |
| Deducción máxima | 600 euros |
| Periodo | Cantidades pagadas desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026 |
| Inmueble | De tu propiedad (vivienda habitual, segunda residencia o plaza de garaje) y no afecto a una actividad económica |
| Pago | Transferencia, tarjeta, cheque nominativo o ingreso en cuenta; nunca en efectivo |
| Instalador | Empresa instaladora habilitada, con certificado de instalación |
Si recibiste alguna subvención por el mismo cargador, se resta del coste antes de aplicar el 15 %.
La fecha que manda: el fin de la instalación
La deducción se aplica en el ejercicio en que termina la instalación, no en el que pagas la señal ni en el que firmas el presupuesto. Esto genera dos situaciones que conviene tener claras.
Si pagas en 2026 y la instalación termina en 2027
Es el caso más delicado. Con la norma actual, la instalación debe estar terminada antes del 31 de diciembre de 2026. Si encargas el cargador en diciembre y la obra o el boletín se van a enero, te arriesgas a quedarte sin deducción salvo que se apruebe una nueva prórroga. Si estás en esta situación, pide a tu instalador una fecha de fin realista por escrito antes de pagar.
Si pagaste en 2025 y la instalación terminó en 2026
Lo deduces en la Renta 2026, la que se presenta en 2027, porque manda la fecha de fin de la instalación. Guarda las facturas y los justificantes de pago de los dos años.
Por qué no conviene contar con una prórroga
La historia reciente de esta deducción es la mejor razón para no esperar:
- Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre. Prorrogaba la deducción para 2026, pero el Congreso no lo convalidó en enero de 2026 (171 votos a favor y 178 en contra).
- Real Decreto-ley 2/2026. Volvió a incluirla y tampoco se convalidó (172 a favor, 177 en contra y 1 abstención). Quedó derogado con su publicación en el BOE el 28 de febrero de 2026.
- Real Decreto-ley 7/2026. El tercer intento sí se convalidó y es el que hoy da cobertura hasta el 31 de diciembre de 2026.
Durante semanas de 2026 la deducción estuvo en el aire. Puede que se prorrogue otra vez para 2027, pero hoy nadie puede garantizarlo, y una instalación que se termine en enero no tiene la deducción asegurada.
Cómo se declara en la Renta 2026, la que harás en 2027
Cuando llegue la campaña de la Renta en 2027, en Renta Web tendrás que indicar:
- El coste de la instalación con derecho a deducción.
- La fecha de fin de la instalación.
- Los datos de la empresa instaladora, con su NIF.
Hacienda puede comprobar la deducción durante cuatro años, así que guarda en una carpeta:
| Documento | Para qué sirve |
|---|---|
| Factura desglosada del instalador | Acredita el coste y qué incluye |
| Certificado de instalación eléctrica (boletín) | Acredita que la instaló una empresa habilitada y la fecha |
| Justificante de pago no en efectivo | Requisito para deducir |
| Escritura o nota simple de la vivienda o la plaza | Acredita que el inmueble es tuyo |
Un ejemplo con precios orientativos de 2026: un cargador en garaje comunitario con preinstalación, de 1.250 a 1.450 euros, te deja una deducción de 187,50 a 217,50 euros. Una instalación de 2.000 euros, 300 euros. A partir de 4.000 euros de coste, la deducción se queda en 600.
Qué te queda en 2027 si no hay prórroga
Si la deducción no se renueva, el panorama para quien instale un cargador en 2027 es este, según lo que conocemos a fecha de hoy:
- MOVES III: cerrado. Las solicitudes terminaron el 31 de diciembre de 2025 y la ampliación de crédito de la Junta de febrero de 2026 solo atiende la lista de reserva.
- Programa Auto+ (Real Decreto 609/2026): subvenciona la compra del vehículo, no la wallbox, con solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta agotar fondos.
- Ayudas municipales: no hay ninguna ayuda directa del Ayuntamiento de Sevilla para instalar puntos de recarga.
- Certificados de Ahorro Energético (CAE): algunos instaladores y comercializadoras pagan entre 150 y 400 euros por cargador instalado a cambio de ceder el ahorro energético acreditado. Es un descuento comercial, no una subvención, y depende de que se firme con un sujeto delegado.
Y queda lo más importante, que no depende de ninguna ayuda: el ahorro en cada carga. Cargar en casa en periodo valle cuesta de forma orientativa unos 1,8 euros cada 100 km, frente a 9 a 11 euros en gasolina. A medio plazo, ese ahorro pesa más que la deducción.
Calendario para llegar a tiempo
Si quieres que tu cargador entre en la Renta 2026, cuenta hacia atrás desde el 31 de diciembre:
- Visita técnica y presupuesto cerrado. Medimos la distancia al contador y vemos la potencia contratada.
- Comunicación a la comunidad, si es un garaje comunitario. La ley solo exige comunicarlo; dar unos 30 días para que faciliten el acceso es una práctica recomendada, no un plazo legal.
- Obra: un día en vivienda unifamiliar, uno o dos en garaje comunitario.
- Boletín y memoria técnica, registrados en Industria de la Junta de Andalucía, en 5 a 15 días.
En garaje comunitario, el proceso completo suele llevar de 6 a 8 semanas. Por eso noviembre es el último mes cómodo para empezar. Te lo gestionamos en ayudas y deducción del IRPF, y si necesitas el escrito para tus vecinos, tienes el modelo en cómo comunicar a la comunidad la instalación de un cargador.
Conclusión práctica
Con la norma actual, la deducción del 15 % por el cargador solo cubre instalaciones terminadas hasta el 31 de diciembre de 2026, y la declararás en la Renta que harás en 2027. Si vas a instalarlo, hazlo ahora y exige factura desglosada, boletín y pago con tarjeta o transferencia. Si ya estás fuera de plazo, no compres pensando en una prórroga que no está aprobada: haz las cuentas con el ahorro por kilómetro. Tienes los requisitos explicados con más detalle en la deducción del 15 % en el IRPF por punto de recarga en 2026 y más artículos en la categoría de normativa y ayudas.


